Desde sus comienzos en los años 40 en EEUU la moda del tuning se extendió rápidamente a países europeos como Gran Bretaña e Italia como a países asiáticos como Japón. El España el auge de esta moda consta desde los años 90 dando lugar a un gran número de aficionados. Pero estas
modificaciones en los vehículos están sujetas a su respectiva legislación dónde se regulan las modificaciones que se pueden llevar a cabo en un determinado vehículo. En
Gestecnica nos encargamos de
homologar cualquier modificación que desees realizar en tu vehículo como pueden ser:
- Paragolpes delantero, trasero, spoilers laterales, aletines a
- Calandras
- Alerones
- Llantas y neumáticos
- Separadores
- Alisado de capó
- Puertas tipo Lambo (LSD)
- Suspensión neumática
- Colectores de escape
- Filtros de aire, etc...
Reformas tuning que necesitan homologación
Las reformas en los vehículos se regulan mediante el
Real Decreto DC866/2010 por lo que debemos informarnos de que reformas están permitidas evitando así malgastar tiempo y dinero. Este RD. Es elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y en el aparece el manual de reformas elaborado junto a los correspondientes órganos reguladores de las ITV de cada comunidad autónoma. En el se definen que cambios o reformas en los vehículos necesitan la correspondiente certificación para pasar de forma satisfactoria la correspondiente ITV. Aspectos como la sustitución de asientos, cambio de volante, así como cualquier otro cambio que afecte a la seguridad del vehículo necesitarán ser homologados Cambios como sistema de audio, tapicería, etc. que no influyan en la conducción o estén dentro de los parámetros determinados por el fabricante no necesitarán homologación alguna.
Modificaciones de importancia en el vehículo
Según lo comentado en el apartado anterior podemos destacar ciertas modificaciones que si necesitaran la homologación del vehiculo.
- Cualquier modificación que altere las dimensiones exteriores del vehículo
- Montaje de neumátios que no entren dentro del los parámetros establecidos por el fabricante del vehículo
- Bolas y enganches de remolques.
- tintado o laminado de lunas.
- Cambios en la amortiguación del vehículo
- Modificación del sistema de escape así como aumento de la potencia
- Cualquier otro factor que altere los datos que figuran en la tarjeta de inspección técnica.
Si se desea realizar alguna de estas modificaciones, el propietario del vehículo a homologar deberá pasar en un plazo de 15 días su correspondiente ITV, llevando la documentación necesaria dónde figure el proyecto de la reforma realizada así como la conformidad por parte de un servicio técnico de reformas o el fabricante del vehículo. También el certificado del taller que realizó la modificación. Todos los cambios realizados deberán aparecer en la tarjeta de la ITV. Si no realizamos estos pasos y circulamos con elementos no autorizados ni homologados, nos veremos expuestos a una multa de hasta 500 euros.